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Silencio administrativo en nacionalidad por opción: ¿qué puedes hacer?

Si llevas meses esperando respuesta a tu solicitud de nacionalidad por opción, el silencio de la Administración no es el final. Puedes actuar.

Presentas tu solicitud de nacionalidad por opción. Reúnes todos los documentos, pagas las tasas, entregas el expediente y… esperas. Pasan los meses y no llega ninguna resolución. Ni aprobación ni denegación. Solo silencio. Si te encuentras en esta situación, este artículo te interesa.

¿Qué es la nacionalidad por opción?

La nacionalidad por opción es una vía para adquirir la nacionalidad española que no requiere residencia prolongada en España. Pueden solicitarla, entre otros, los hijos de padre o madre español nacido fuera de España, o quienes estuvieron bajo la tutela de un ciudadano español. Es una modalidad diferente a la naturalización por residencia, pero el procedimiento también pasa por la Administración, y con ella llega la posibilidad del temido silencio.

¿Qué es el silencio administrativo?

Cuando la Administración recibe una solicitud, está obligada a responder en un plazo determinado. Si no lo hace, la ley establece un mecanismo llamado silencio administrativo. En pocas palabras: la falta de respuesta tiene efectos jurídicos, aunque la Administración no haya dicho nada.

En materia de nacionalidad, el silencio administrativo tiene carácter negativo. Esto significa que, si no recibes resolución en el plazo legalmente previsto, se entiende que tu solicitud ha sido desestimada. No es una buena noticia, pero tampoco es el final del camino.

El silencio de la Administración no es un "no" definitivo: puedes impugnarlo ante los tribunales.

¿Qué puedes hacer si tu solicitud lleva demasiado tiempo sin respuesta?

Una vez que ha transcurrido el plazo legal sin resolución expresa, tienes derecho a recurrir ese silencio negativo. El procedimiento habitual pasa por acudir a la vía contencioso-administrativa, es decir, interponer un recurso ante los juzgados y tribunales competentes para que sean ellos quienes ordenen a la Administración que resuelva, o directamente reconozcan tu derecho a la nacionalidad.

Antes de llegar a esa vía judicial, en algunos casos es posible interponer un recurso de reposición en vía administrativa, aunque en la práctica muchas personas optan directamente por la vía judicial para no alargar más el proceso.

¿Qué ventajas tiene recurrir?

¿Y si la Administración responde tarde con una denegación expresa?

Puede ocurrir que, después de un largo silencio, llegue una resolución denegatoria. En ese caso, también puedes recurrir esa resolución expresa. Los motivos de denegación deben estar fundamentados, y si no lo están correctamente, o si crees que no se ha valorado bien tu situación, la vía de recurso sigue abierta.

¿Cuánto tiempo tengo para recurrir?

Los plazos para interponer recursos son estrictos y varían según el tipo de recurso y la vía elegida. Lo más importante es que no dejes pasar el tiempo una vez que sepas que tu solicitud puede estar en situación de silencio negativo. Actuar tarde puede cerrar puertas que de otro modo estarían abiertas.

Lo que nunca debes hacer

El procedimiento de nacionalidad ya de por sí puede ser largo y complejo. Cuando se suma el silencio administrativo, la incertidumbre y la frustración aumentan. Pero hay herramientas legales para defenderte, y utilizarlas a tiempo marca la diferencia.

En Cónsul Jurídico llevamos expedientes de nacionalidad y recursos frente al silencio administrativo. Si llevas tiempo esperando respuesta y no sabes qué paso dar, cuéntanos tu caso en una primera consulta gratuita. Estamos en Fraga y atendemos también de forma telemática.

¿Tu caso es parecido? Hablemos.

Cuéntanos tu situación. La primera consulta es gratuita y sin compromiso.

Primera consulta gratuita

Este artículo tiene carácter divulgativo y no constituye asesoramiento jurídico. La aplicación al caso concreto depende de sus circunstancias. Para valorar tu situación, consulta con un profesional.